Como indica el artículo 1 de la Constitución Española (C.E.), España se constituye como un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político. Estos principios fundamentales expresados en el artículo 1 C.E. constituyen el marco básico de la convivencia diaria de los ahora casi 47 millones de ciudadanos del Reino de España. Este compromiso con el Estado de Derecho, la democracia y el bien social era un deseo incumplido hasta la fecha de la muerte del dictador Francisco Franco y casi inimaginable para los ciudadanos de España antes de la democratización de España tras la caída del régimen franquista. Al igual que otros estados en situaciones comparables, por ejemplo Alemania tras el fin del Tercer Reich, España también se dotó de una nueva constitución tras el fin del régimen franquista y una transición controlada. Esta nueva constitución debía caracterizarse sobre todo por la libertad y sus valores modernos-moderados, en comparación con la Constitución anterior. Parte de la reorganización política y jurídica de España fue también la manifestación y concretización de ciertos derechos de libertad. Uno de estos derechos, que analizaremos en pro- fundidad en este trabajo, es el derecho de libertad religiosa. El derecho de libertad religiosa está regulado en el artículo 16 de la Constitución Española de 1978. Este trabajo se centrará, en particular, en los aspectos políticos y jurídicos de la cuestión religiosa y en seguida el proceso de elaboración del artículo 16 de la Constitución Española. Para describir por completo la situación de la cuestión religiosa en España, comenzaremos con una introducción histórica al tema de la libertad religiosa, con especial énfasis en la situación predemocrática en España. El objetivo de este trabajo es el análisis del proceso de elaboración del artículo 16 de la Constitución Española y de la base jurídica de la cuestión religiosa en España, teniendo en cuenta los contextos históricos y políticos de la cuestión religiosa en España, para poder presentar una visión en conjunto fundamentada en la cuestión religiosa en España.
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Como indica el artículo 1 de la Constitución Española (C.E.), España se constituye como un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político. Estos principios fundamentales expresados en el artículo 1 C.E. constituyen el marco básico de la convivencia diaria de los ahora casi 47 millones de ciudadanos del Reino de España. Este compromiso con el Estado de Derecho, la democracia y...
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